Las Tarjetas Revolving y Porque Nunca Dejas de Pagar el Crédito

Lo que hay detrás de las Tarjetas revolving o créditos instantáneos

 Seguramente todos hemos sentido la necesidad de solicitar un crédito revolving para salir de algún apuro económico o simplemente porqué queríamos satisfacer algún “capricho”: ir de vacaciones, comprar una “tele”, un móvil, etc.

Para solventar dicho apuro nos hemos puesto en contacto con compañías expertas en la materia que nos han ofrecido muy amablemente su ayuda.

Si alguna vez te has encontrado en esta situación debes saber que en numerosas ocasiones las pocas barreras y la rapidez o inmediatez con las que te otorgan dicho préstamo, añadiendo la nula o poca información que te brindan a ti como consumidor a la hora de contratar los tipos de intereses, puede significar que se declaren abusivas o nulas dichas cláusulas.

Y es que este tipo de préstamo se otorgan mediante crédito rápidos, préstamos personales y tarjetas de crédito y se suelen denominar “revolving”.

Crédito Revolving en profundidad

A continuación, te detallamos los motivos y sus consecuencias:

  1. La poca o escasa información deriva en falta de conocimiento de las condiciones de aquello que se contrata, esto a su vez encamina al consumidor a no percibir la cantidad exacta que acabará abonando por disponer de dicha suma.

2. No se suele adjuntar al contrato ningún tipo de cuadro de amortización. Sino que simplemente hacen referencia a la cantidad periódica que debes abona, normalmente con carácter mensual, con sus intereses remuneratorios y demás para ir satisfaciendo la deuda.   

3. Suele ser destacable la agilidad con la que te ofrecen volver a disponer de las cantidades ya amortizadas como principal, uno de sus múltiples trucos.

4. En la gran parte de estos contratos, se nos suele ofrecer intereses moratorios que se pueden entender como abusivos y/o intereses remuneratorios que nuestra jurisprudencia puede considerar usurarios.

Tarjetas y Crédito Revolving

 

Tarjeta revolving: Interés remuneratorio Usurero

¿Qué significa que un tipo de interés remuneratorio puede ser considerado usurero?

Primero definamos que son los intereses remuneratorios. Son aquellos intereses que se pactan junto con la devolución del capital prestado en beneficio de la entidad financiera que otorga el crédito.

Pongamos un ejemplo:

Has firmado un préstamo personal con una entidad financiera de 10.000 euros (en concepto de principal), además en el contrato se pacta que dicha cantidad se otorga a cambio de unos intereses remuneratorios del 6%. Por tanto, para poder saldar la totalidad de la deuda acabarás abonando un total de 10.600 euros (10.000 en concepto de principal y 600 como intereses remuneratorios).

Pero, cuando dichos intereses son desproporcionados, en relación con cada caso, y superan notoriamente al interés normal del dinero establecido en el mercado, nuestro Tribunal Supremo (TS) los califica como usurario.

Ahora hablemos de las consecuencias:
  1. De ser tenido los intereses como usureros se declarará la nulidad del préstamo, por ser contrario a la ley y por ser un gran agravio para ti como consumidor.

2. Si una vez declarada la nulidad resulta que mediante las cuotas ya habías pagado una cantidad superior al capital dispuesto, la entidad financiera tiene la obligación de restituir la diferencia más los intereses devengados¡Sí has leído bien, más los intereses devengados!

3. Ahora, si se diera la situación de que aún no habías abonado el principal en su totalidad, la diferencia resultante deberá ser destinada a la amortización del principal y deberás restituir a la entidad la cantidad efectivamente dispuesta.

 

Tarjeta revolving: Intereses moratorios Abusivos

¿Cuándo los intereses moratorios pueden ser considerados como abusivos?

Primero debemos explicar que los intereses moratorios (o intereses de demora) son aquellos que entran en juego en caso de incumplimiento contractual, es decir, se activan justo en el momento que dejas de abonar una cuota. Por ello, se suele incluir, mediante alguna cláusula, intereses para resarcir los daños y perjuicios que la entidad financiera pueda soportar por dicho incumplimiento.  

Pues bien, estos intereses están sujetos al riguroso control de abusividad por parte de nuestro ordenamiento jurídico y de forma más concreta por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en su art. 85.

Las tarjetas revolving
 
Las consecuencias de no acatar las normas en este caso son las siguientes:
  1. Declarar nula este tipo de cláusulas, que no comporta la nulidad del contrato en su totalidad, pero si la nulidad de esa cláusula específica.

2. Debe tenerse la cláusula como no puesta en el contrato.

3. La entidad financiera no podrá cobrar los intereses de demora en caso de incumplimiento.

Hasta aquí el artículo de hoy. Espero que te haya servido. Si te encuentras en una casuística similar y crees que te podemos ayudar contacta con nosotros.

Debes tener en cuenta que para un asesoramiento más eficaz necesitamos que aportes lo siguiente:

I. El contrato debe estar por escrito.

II. En los extractos bancarios deben constar los conceptos abonados.

III. Cuadro de amortización de las cuotas que resten y sus conceptos. Seguramente deberás solicitar algunos de estos puntos a la entidad financiera, pues, no suelen dar mucha información.