Renovación del Arraigo Familiar: Requisitos y Procedimiento.

Debes tener en cuenta que cuando hablamos de renovación de la tarjeta de arraigo familiar NO nos referimos una renovación “literal” sino que más bien nos referimos a una modificación del permiso, es decir, se pasaría de tener un permiso de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar, a la tenencia de una autorización de residencia, o permiso de residencia y trabajo inicial. Tres opciones a tener en cuenta:

A) Residencia y trabajo por cuenta propia.

B) Residencia y trabajo por cuenta ajena.

C) Residencia no lucrativa (no se trabaja).

1. Requisitos:

I. Si has solicitado el arraigo familiar por ser hijo de Español de origen:

A) Si durante la vigencia de la tarjeta por arraigo familiar has realizado alguna actividad laboral por cuenta ajena (empleado), podrás modificar el arraigo familiar por alguno de estos supuestos:

  • Si continúa la relación laboral que te permitió acceder a la autorización. Deberás presentar informe vida laboral, contrato de trabajo, certificado de empresa, etc. Para solicitar la modificación de la tarjeta de residencia.
  • Si has trabajado durante un mínimo de 6 meses por año, mediante contrato de trabajo (debe figurar alta en Seg. Social en el momento de solicitar la modificación). Se acredita mediante copia del contrato de trabajo.
  • Acreditar que has realizado actividad laboral durante 3 meses por añotener contrato de trabajo vigente y en caso de que la relación laboral se haya interrumpido debe justificar que no ha sido por tu culpa demostrando la búsqueda de empleo de forma activa. Para probarlo debe aportar contrato de trabajo, documentación que acredite búsqueda de empleo y que la relación laboral no se finalizó por su causa (Ej.: carta de despido, estar inscrito en el Servicio Público de Ocupación, etc.)
  • Presentar documentación que acredite la concesión de una prestación contributiva por desempleo.
  • Demostrar que recibe una prestación económica pública y de carácter asistencia con la finalidad de lograr su inserción social o laboral. Es necesario presentar documentación que acredite este hecho.
  • Probar que en el último año al menos ha trabajo un período de 9 meses o 18 meses en los últimos 2 años, si no has sido tú quién finalizó la relación laboral y has estado buscando empleo de forma activa. Se acredita mediante informe de la vida laboral.
  • Demostrar que  cónyuge o pareja (análoga a una relación matrimonial. Ej.: pareja de hecho) se ajusta a los requisitos económicos para reagruparte. Se acredita mediante certificado de familia, registro de pareja de hecho y documentación que justifique los ingresos económicos.

B) Si durante la vigencia de la tarjeta por arraigo familiar has realizado alguna actividad laboral por  cuenta ajena (autónomo), podrás modificar el arraigo familiar por alguno de estos supuestos:

  • Debes continuar con la actividad que te permitió acceder a la autorización de arraiga familiar y que ahora pretendes modificar, además debes justificar que has cumplido con todas las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Demostrar que  cónyuge o pareja (análoga a una relación matrimonial. Ej.: pareja de hecho) se ajusta a los requisitos económicos para reagruparte.
  • Ser beneficiario de la protección por cese de actividad.

** ¿Cómo cumplir con los requisitos económicos?  Si la unidad familiar incluye dos miembros, la cuantía mínima que se deberá acreditar es la que represente mensualmente el 150% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Si la unidad familiar está compuesta por más de dos miembros, por cada miembro adicional se deberá sumar al 150% del IPREM mencionado el 50% del IPREM. Es decir, 3 miembros 150% IPREM más 50% extra, en total 200& IPREM.

C) Modificación del arraigo familiar a una Autorización de Residencia No Lucrativa (no permite trabajar):

  • Si mientras tú arraigo familiar esté vigente no has desarrollado ningún tipo de actividad laboral (por cuenta propia o ajena) podrás renovar el arraigo siempre que demuestres recursos económicos suficientes.

Requisitos para solicitar el arraigo

II. Modificar/Renovar el arraigo familiar por ser padre o madre de un menor de edad español o comunitario

A) Debes saber que desde septiembre de 2020 se permite solicitar una Autorización de Residencia para progenitores de un menor de edad español con el cuál SÍ convivimos (poner enlace).

B) Ahora bien si eres padre o madre de un hijo menor español o comunitario con el que NO convives estas son tus opciones:

  • Renovar a una Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena.
  • Renovar a una Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Propia.
  • Renovar a una Autorización de Residencia No Lucrativa.
  • Solicitar prórroga de tu arraigo familiar si no puedes optar a ninguna de las opciones anteriores. Si te aceptan la prórroga esta tendrá una vigencia de 1 año. Sentencia del Tribunal Supremo 702/2019.

2. Procedimiento

I. Lugar de presentación

  • Cómo ya sabrás la solicitud de modificación del arraigo familiar debe presentarse en la Oficina de Extranjería de la ciudad dónde radica tu domicilio.

II. Plazos para presentar solicitud modificación arraigo familiar

  • Debes presentar la solicitud de modificación del arraigo familiar dentro de 60 días anteriores a la caducidad de tu tarjeta, es decir, 2 meses antes de que finalice la vigencia de la misma.
  • ¿Y qué pasa si lo hago pasado este plazo? La Oficina de Extranjería te da la opción de solicitar la modificación dentro de los 90 días posteriores a la caducidad de tu tarjeta, es decir, 3 meses después de que finalice la vigencia de la misma. Pero claro, como no podía ser de otra forma, te arriesgas a recibir una multa por haber dejado caducar tu autorización.

III. Formas de Realizar el trámite

  • De manera presencial: Para ejercer esta opción deberás de solicitar cita previa en la oficina correspondiente.
  • De forma telemática: Con tu certificado digital mediante la Plataforma Mercurio. Actualmente este método de representación es la opción más recomendable.

IV. Concesión modificación/renovación del arraigo familiar

  • Una vez aceptada la modificación del arraigo familiar de concederán una tarjeta con 2 años de vigencia o de 1 año si has solicitado la prórroga.
  • El siguiente paso a realizar una vez te han concedido la autorización es solicitar cita ante la Comisaría de Policía para tramitar tu tarjeta física.
  • ¿Qué necesito para tramitar tarjeta física?
  1. Solicitud tarjeta de identidad (EX17).

2. Justificante de haber abonado la tasa 790 código 012.

3. Aportar la resolución de concesión de la modificación o prórroga de tu arraigo familiar.

4. Tres fotografías (recientes) tipo carné, en color y fondo blanco.