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Gratuita 4 minutos Art. 55–56 ET 2026

Generador de escrito
de impugnación de despido

Genera el texto de tu papeleta de conciliación ante el SMAC para impugnar el despido. El primer paso legal obligatorio antes de demandar — y tienes solo 20 días hábiles.

Datos para la papeleta de conciliación

La papeleta de conciliación es el documento que debes presentar ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) antes de demandar. Interrumpe el plazo de 20 días hábiles.


Pasos para impugnar el despido

  • Día 0: Recibes la carta de despido — empieza el plazo de 20 días hábiles
  • Antes del día 20: Presenta papeleta en el SMAC — el plazo se interrumpe
  • Acto de conciliación: La empresa puede reconocer improcedencia o negarlo
  • Sin acuerdo: Demanda ante el Juzgado de lo Social

¿Qué puede pasar en el SMAC?

  • Empresa reconoce improcedencia → paga 33 d/año + paro
  • Sin acuerdo → presentas demanda judicial
  • Incomparecencia de la empresa → anotación favorable

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Dudas sobre impugnar el despido

¿Qué pasa si presento la papeleta después de los 20 días hábiles?

El plazo de 20 días hábiles es de caducidad — no de prescripción. Esto significa que si lo pierdes, pierdes el derecho a impugnar el despido. No hay forma de recuperarlo. Solo quedan excluidos del cómputo los días festivos. La presentación de la papeleta en el SMAC interrumpe el plazo, que se reanuda si el acto de conciliación termina sin acuerdo.

¿Puedo impugnar el despido yo mismo sin abogado?

Sí, en el proceso laboral no es obligatorio el abogado en primera instancia (aunque sí en recurso de suplicación). Sin embargo, tener un abogado laboralista mejora significativamente las probabilidades de éxito, especialmente a la hora de calificar el despido (nulo vs. improcedente), identificar los defectos de forma y preparar las pruebas. En muchos casos el abogado trabaja a éxito, cobrando un porcentaje de lo que se recupera.

¿Puedo cobrar el paro mientras espero la sentencia?

Sí, puedes solicitar la prestación por desempleo mientras el procedimiento judicial está en curso. Si finalmente el juicio termina con tu readmisión, devolverías las prestaciones cobradas en ese período. En la práctica, la gran mayoría de despidos improcedentes se resuelven con el pago de la indemnización, no con readmisión, por lo que en muchos casos no hay que devolver nada.

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