¿Cuáles son los requisitos para la nacionalidad española?

Obtener la nacionalidad española por residencia es un proceso largo pero alcanzable si conoces las reglas del juego. No basta con llevar años en España: necesitas residencia legal y continuada, cumplir plazos según tu país de origen, superar los exámenes CCSE y DELE (salvo exenciones), acreditar buena conducta cívica y no tener antecedentes que impidan la concesión.

Este test gratuito te da un diagnóstico orientativo sobre tu elegibilidad según nacionalidad, años de residencia, situación familiar y cumplimiento de requisitos. Te ayuda a saber si estás en camino o si te falta tiempo, documentación o algún examen.

Plazos de residencia: no todos necesitan diez años

La regla general son diez años de residencia legal, pero hay atajos legales que mucha gente desconoce:

  • Dos años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes acreditados.
  • Un año para quien nació en España, está casado con español/a, es viudo/a de español/a o es refugiado reconocido.
  • Ausencias: no debes estar fuera más de tres meses seguidos en el año previo a la solicitud, salvo causas justificadas.

Las ausencias totales durante todo el periodo también se valoran. Usa nuestra calculadora de días de presencia en España para controlar viajes antes de presentar el expediente en el Registro Civil.

El trámite lo resuelve el Ministerio de Justicia y, aunque el plazo legal es de un año desde la entrada en registro, en la práctica suele tardar entre dos y cuatro años. La paciencia forma parte del proceso — pero presentar un expediente incompleto solo alarga la espera.

En nuestro departamento de extranjería revisamos expedientes de nacionalidad: residencia, exámenes, empadronamiento y coherencia documental. Si tienes dudas sobre doble nacionalidad con tu país de origen, conviene asesorarse antes de renunciar a la tuya.

Test orientativo según art. 22 Código Civil y RD 1004/2015. No sustituye valoración del Ministerio de Justicia ni del Registro Civil.