Desahucio de inquilino: causas, plazos y qué puedes hacer
¿Has recibido un requerimiento de pago, una demanda de desahucio o eres propietario y no sabes si puedes recuperar el piso? El desahucio del inquilino en España solo puede ejecutarse con sentencia judicial y lanzamiento por la autoridad. Nadie puede cambiarte la cerradura ni cortarte el suministro: eso es coacción y puede abrirte derecho a indemnización.
Causas habituales según la LAU
La Ley de Arrendamientos Urbanos regula los supuestos más frecuentes. El impago de renta — dos meses consecutivos o uno más otros conceptos asimilados — es la causa principal. También el vencimiento del contrato con preaviso, la necesidad de vivienda del arrendador, incumplimientos graves o subarriendo no autorizado. Si no hay contrato escrito, opera la prórroga tácita anual del art. 10 LAU.
- Inquilino: valora la enervación (pagar lo debido antes de sentencia) si aplica a tu caso.
- Arrendador: el requerimiento fehaciente de pago suele ser requisito previo en impagos.
- Ambas partes: el procedimiento puede tardar meses; no dejes de pagar el alquiler sin asesoramiento.
Si el conflicto deriva de una deuda de rentas, cruza el diagnóstico con el simulador de prescripción y la carta de reclamación previa para documentar impagos o reclamaciones.
Recuerda que las medidas sociales o moratorias pueden aplicarse en supuestos concretos; no asumas que rigen igual en todos los procedimientos.
Si eres inquilino, no abandones la vivienda por miedo sin asesoramiento: a veces puedes negociar aplazamientos o enervar el procedimiento. Si eres propietario, una demanda mal planteada alarga meses el procedimiento; conviene revisar requerimientos, contrato y prueba de impago antes de ir al juzgado.
En derecho civil defendemos a inquilinos y propietarios en Igualada y comarca: impugnación de desahucios, enervación y negociación extrajudicial.
Este test ofrece una orientación general según la LAU. Medidas sociales, moratorias o cláusulas del contrato pueden cambiar el resultado. Si tienes una demanda sobre la mesa, consulta con abogado cuanto antes.