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Herramientas Calculadoras
Gratuita 5 minutos Ley española 2026

Calculadora de indemnización
por despido

Calcula en segundos lo que te corresponde si te han despedido. Incluye el régimen transitorio para contratos anteriores a febrero de 2012.

Introduce tus datos

Necesitas tu fecha de contratación, la fecha del despido y tu salario bruto anual.


Indemnización estimada

    ⚖️ Este cálculo es orientativo. El convenio colectivo puede mejorar el mínimo legal. Para una valoración exacta de tu caso, consúltanos por 75 €.

    ¿Qué incluye este cálculo?

    • Despido improcedente: 33 días/año (máx. 24 meses)
    • Despido objetivo: 20 días/año (máx. 12 meses)
    • Régimen transitorio contratos pre-2012 (45 días/año)
    • Tope transitorio de 720 días para el tramo antiguo
    • Salario regulador con y sin pagas extra

    ¿Qué no incluye?

    • Vacaciones pendientes (usa la calculadora aparte)
    • Salarios adeudados o pagas extra proporcionales
    • Mejoras del convenio colectivo sobre el mínimo

    ¿Te han despedido y no sabes si el importe es correcto?

    Consulta por 75 €

    Dudas sobre la calculadora

    ¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y objetivo?

    El despido improcedente es el que la empresa realiza sin causa justificada o sin seguir el procedimiento legal. Tiene una indemnización mayor: 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

    El despido objetivo (art. 52 ET) requiere una causa económica, técnica, organizativa o de producción demostrable. Su indemnización es de 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades. Si la empresa no acredita la causa, el juez lo puede declarar improcedente.

    ¿Necesito mi contrato o nómina para usar esta calculadora?

    No. Solo necesitas tres datos: la fecha en que empezaste a trabajar en la empresa, la fecha del despido, y tu salario bruto anual. Estos datos los puedes encontrar en cualquier nómina (el salario) y en tu contrato o vida laboral (la fecha de inicio).

    ¿Qué pasa si empecé a trabajar antes de febrero de 2012?

    La reforma laboral de 2012 cambió el cálculo de 45 días/año a 33 días/año para despidos improcedentes. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, se aplica un régimen transitorio: el tramo trabajado antes de esa fecha se calcula a 45 días/año (con un tope de 720 días para ese tramo), y el tramo posterior a 33 días/año. El total conjunto no puede superar 24 mensualidades.

    ¿Puedo cobrar más de lo que indica la calculadora?

    Sí, en varios casos. Tu convenio colectivo puede establecer una indemnización mayor que el mínimo legal. También puedes negociar una cantidad superior en el acuerdo de extinción. Además, si el despido es nulo (por discriminatorio, durante el embarazo, tras denuncia a la empresa…), tienes derecho a readmisión y al pago de los salarios de tramitación, lo que puede superar ampliamente la indemnización por improcedencia.

    ¿Cuándo merece la pena contratar un abogado para el despido?

    En general, cuando la indemnización supera los 5.000–8.000 €, cuando hay dudas sobre la causa del despido, o cuando la empresa te propone una cantidad significativamente inferior a la legal. Un abogado laboralista puede negociar una indemnización superior o impugnar el despido ante el SMAC y el Juzgado de lo Social. Muchos casos se resuelven en conciliación sin llegar a juicio.

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