Intereses de demora: cómo calcularlos sobre una deuda
¿Te deben dinero y quieres saber cuánto han crecido las cantidades por el retraso? Los intereses de demora compensan al acreedor por la mora del deudor desde que la obligación es exigible (arts. 1100 y 1108 CC). En deudas entre particulares suele aplicarse el interés legal del dinero que fija el Gobierno cada año; en deudas mercantiles entre empresarios, el interés legal más dos puntos (art. 7 CCom).
Desde cuándo se devengan y sobre qué capital
Salvo pacto en contrato, los intereses corren desde la constitución en mora: reclamación judicial o extrajudicia fehaciente, o vencimiento si el contrato fija plazo. Se calculan sobre el capital pendiente; en derecho común civil no hay intereses sobre intereses (anatocismo) salvo pacto expreso con límites legales.
- Comprueba que el capital principal no haya prescrito antes de reclamar intereses.
- En rentas o cuotas periódicas, cada mensualidad tiene su propio plazo de prescripción.
- Guarda el burofax o la demanda que marca el inicio de la mora.
Antes de reclamar, verifica si la deuda sigue viva con el simulador de prescripción de deudas. Para formalizar el requerimiento, usa el generador de carta de reclamación previa.
El tipo legal del dinero se publica cada año por Real Decreto; si reclamas deudas de varios ejercicios, puede aplicarse el tipo vigente en cada periodo de demora.
En la práctica, muchas reclamaciones combinan capital no prescrito, intereses devengados y los que sigan generándose hasta el pago completo. Si el deudor paga parcialmente, los intereses se calculan sobre el saldo pendiente desde cada fecha de imputación del pago.
En derecho civil reclamamos cantidad líquida, intereses y costas en juicio monitorio o ordinario desde Igualada.
Cálculo orientativo con el tipo legal vigente más reciente publicado. Contratos con tipo pactado, cláusulas abusivas o deudas mercantiles pueden exigir otro baremo. Verifica el tipo del año en curso antes de reclamar.